Directrices para determinar elegibilidad para el apoyo proporcionado a los socios por La Asociación Interreligioso para los refugiados en Alabama (ALIRP) Revisión del a Junta Aprobada por el (ALIRP) el 23 de enero, 2023.
Este documento describe los criterios que utilizará ALIRP para determinar la elegibilidad para el apoyo financiero y/o del equipo de atención que se brindará a las personas y familias refugiadas y solicitantes de asilo atendidas por la organización (socios de ALIRP). Las decisiones sobre el apoyo financiero están guiadas por la misión de la organización como se describe en la página web de ALIRP:
“Somos un grupo interreligioso de líderes religiosos y laicos, así como representantes de otros grupos comunitarios que se han unido con el propósito de ayudar a los refugiados y solicitantes de asilo, a la luz de la actual crisis migratoria que ha desplazado a millones de personas”.
El tipo específico de apoyo brindado será determinado por el Comité de Asignaciones de Apoyo Directo de ALIRP luego de una evaluación inicial realizada por un miembro del Comité de Apoyo Directo. ALIRP puede brindar apoyo del equipo de atención de voluntarios, así como apoyo financiero limitado para asistencia con el alquiler, los servicios públicos, los alimentos, los gastos legales y otros gastos. La decisión sobre el nivel de apoyo financiero se basa en la disponibilidad de fondos, la cantidad de personas o familias que ya reciben apoyo, los criterios utilizados para determinar el apoyo y las circunstancias de cada caso. Las familias que solicitan apoyo económico deben completar una solicitud de apoyo económico disponible en este enlace. Se dará prioridad para el apoyo financiero directo a las familias que viven en el área metropolitana de Birmingham, aunque la junta de ALIRP puede autorizar el apoyo para otros según el caso.
Criterios de apoyo
ALIRP otorga apoyo sobre una base objetiva y no discriminatoria. Los siguientes criterios se considerarán para determinar la elegibilidad para el apoyo financiero. Cuando las necesidades de los solicitantes excedan los fondos actuales, aquellos que cumplan con más criterios serán considerados primero.
Es un refugiado, un menor no acompañado o busca asilo u otro tipo de estatus migratorio humanitario (o planea solicitar asilo o estatus migratorio humanitario dentro de los 6 meses posteriores a la evaluación de admisión inicial de ALIRP);
Está trabajando actualmente (si tiene un permiso de trabajo) o tiene un plan para trabajar cuando se le otorgue el permiso de trabajo.
Tiene una necesidad de vivienda, comida, apoyo legal u otro apoyo que no puede ser cubierto por otros recursos.
Tiene dependientes a su cargo
No tiene antecedentes penales
Nunca ha sido expulsado o deportado de los EE. UU.
Proceso para solicitar apoyo Si una persona o familia cumple con los criterios de apoyo y desea buscar asistencia de la Asociación Interreligiosa de Refugiados de Alabama (ALIRP), comuníquese con el Director de ALIRP por correo electrónico a [email protected] o por teléfono al (205) 223-1633.